Mostrando entradas con la etiqueta Plagio. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Plagio. Mostrar todas las entradas

viernes, mayo 06, 2011

ACTA #LeyLleras

Alguna vez se han preguntado si este proyecto se llega a aprobar, ¿qué pasará con nosotros los profesionales de sistemas de información, quienes somos los llamados a compartir y a difundir el conocimiento? ¿Qué pasará con la llamada sociedad de la información, si ni siquiera vamos a tener acceso nosotros a los contenidos y/o peor aú ...n a difundirlos?, Colegas, creo que somos los principales responsables de no permitir este atropello contra la libre expresión, y acceso al conocimiento que tanto pregona nuestra muy amada constitución, me parece que existen otros mecanismos, principalmente culturales, para el llamado “plagio, copia, imitación, piratería”. Por último, si nosotros que tenemos acceso a la información y quizá de alguna u otra manera la entregamos a quienes no tienen estos recursos, desde donde creen administraríamos bibliotecas, archivos, centros de documentación o quizá una escuelita rural a la cual llevamos un poco de nuestro conocimiento.



"recuperación de información" "programa de sistemas de información" "Universidad de La Salle"

LEY LLERAS

Proyecto de ley sobre infracciones al derecho de autor en Colombia
Publicado por Jhon Gonzalez el abril 6, 2011 a las 6:00pm

Con estas palabras y este tono, el ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, presentó al Congreso un Proyecto de Ley que busca regular la responsabilidad por las infracciones al derecho de autor en Internet (para leerlo completo, descargue el PDF en este enlace).

A quienes sigan utilizando la piratería, pues que se tengan de atrás, porque de aquí para adelante el tema de prisión y de penas se va aplicar con todo rigor, si logramos que el Congreso tipifique estas nuevas conductas que hoy no están previstas en nuestra legislación. Significa esto que en Colombia habra una ley arbitraria que solo beneficie a la industria a costa de amordazar a los usuarios de Internet: una fuente del Ministerio TIC reveló que este proyecto de Ley no es definitivo y que se intentará que haya un proceso de socialización, ya no con los tiempos y mecanismos que usa ahora el MinTIC, pero al menos sí se permitirán los aportes de los ciudadanos.

sábado, octubre 16, 2010

SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Los DRM y las bibliotecas, la confidencialidad y el respeto a la vida privada

los sistemas de protección y gestión de derechos (DRM) imponen en su operatividad el control de quiénes pueden utilizar las obras que administran, así como los usos que cada individuo efectúa de dichas obras. Resultará difícil que las bibliotecas puedan eludir el control individual de las obras accesibles desde la institución o dicho de una forma más directa: es muy difícil que las bibliotecas puedan garantizar a los usuarios el anonimato en el uso de los fondos, principio de confidencialidad proclamado en diversas declaraciones y manifiestos de UNESCO, ALA, IFLA o del Consejo de Europa. Es decir, el derecho a leer anónimamente está amenazado y con ello el derecho fundamental a la libertad de pensamiento, pues es muy fácil identificar lo que la gente lee con lo que la gente piensa.

En efecto los DRM, imponen en primer lugar restricciones a la utilización de las obras, pero en un segundo nivel de control informan al titular de los derechos de las actividades individuales de cada usuario (por ejemplo. los titulares de los derechos de una revista que se citó y a la que se ha tenido acceso a través de la Biblioteca Complutense saben los usos realizados: guardar el archivo pdf e imprimirlo; saben cuál es el terminal desde el que se concetó el usuario, saben los artículos que utilizo en la misma sesión y seguramente saben también la tendencia que reflejan esos artículos y el conjunto de esas publicaciones, al menos el perfil de usuario estará guardado en algún sitio, junto a otros usuarios de ese mismo servicio y, al menos, servirá para negociar la licencia de acceso del próximo año ¿sólo servirá para eso? Si han utilizado algún sistema inteligente, saben también qué guardó en el ordenador utilizado... y que escucha música en MP3, mientras hace las búsquedas?).

lunes, octubre 04, 2010

CONTROL DEL PLAGIO

El plagio es una constante, y uno de los sectores donde más existe es dentro de las series de televisión. Ha existido siempre y siempre existirá. En principio, el plagio es definido por el diccionario de la Real Academia de la Lengua como “Copiar en los sustancial obras ajenas dándolas como propias” sin embargo, aunque en España la ley protege la creación artística, literaria o científica, no nombra en ningún momento el plagio, por lo que a través de las múltiples sentencias que ha habido al respecto, se han llegado a una serie de conclusiones que establecen lo que realmente se entiende “legalmente” por plagio:

1. Se debe copiar una obra ajena en lo sustancial. Esto excluye las imitaciones de elementos desde un punto de vista “accidental”, o que la copia solo afecte a elementos secundarios de la serie/obra.

2. Se pueden distinguir dos tipos de plagio, el servil, que es cuando se copia la obra completa y el ideal, en el que solo se copia la esencia.

3. No es plagio aquello que muestra costumbres populares, porque se supone que son de dominio público.

4. El plagio no recae en la idea misma que define una serie, sino de que forma esa serie es contada, es decir de qué forma se ha plasmado la idea.

5. El plagio es un atentado a los derechos morales del autor de la obra plagiada, y por tanto es un acto demandable jurídicamente. Este acto se puede realizar de dos formas: Civilmente, donde el autor plagiado solicita de los tribunales indemnizaciones por el daño moral y las pérdidas económicas que ha sufrido. También por la vía civil puede solicitar que el plagio finalice y que se destruya esa obra que ha plagiado la suya. O utilizar la vía penal, ya que el código penal si que define el plagio como delito, siempre que se use con ánimo de lucro y en perjuicio de terceros, y por supuesto sin la autorización de los autores. La vía penal puede llevar incluso penas de cárcel.


El plagio por tanto es, en definitiva el atentado más importante contra la obra literaria, pues supone la apropiación del esfuerzo y la actividad creativa.


Plagio académico, ¿robo y fraude?
El llamado Plagio Académico es una de las prácticas anti-éticas que realizan los investigadores en sus publicaciones con cierta frecuencia. Muchas veces la falta es cometida por ignorancia pero, en otras los hechos tienen claras evidencias de delitos. Parece por lo tanto importante exponer y aclarar algunas ideas en torno a este tema, para muchos desconocido. La Real Academia Española define plagio como "acción y efecto de plagiar", indicando que plagiar es "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias". Queda claro que el plagio es un descarado robo, independiente de las palabras que usemos para adornar la definición. En la academia, plagio tiene el mismo significado, aunque se puede dar una definición más exacta como la que hace Hexham de la Univ. de Calgary en Canadá (http://c.faculty.umkc.edu/cowande/plague.htm): "Plagio es el acto de intención deliberada de engañar a un lector a través de la apropiación y representación como propias de las palabras y trabajos de otros". Hexham es incluso más estricto y refuerza lo expresado más arriba, definiendo al plagiador como un ladrón de poca monta, un ladronzuelo (a petty thief, a pilferer). 

Los autores que cometen plagio rara vez copian un trabajo entero, aunque hay algunos casos en la literatura. Había un prolífico autor que publicaba a una velocidad bastante mayor al promedio y en los más diversos temas. Esto llamó la atención de algunos editores que indagaron en el asunto para descubrir la trampa. El autor tomaba artículos ya publicados por otros investigadores en idiomas menos conocidos internacionalmente (urdú, mongol, birmano, nepalés, tibetano, etc.), los traducía o mandaba a traducir al idioma inglés y los enviaba para publicación a prestigiadas revistas. Se cuenta otro caso de un científico indio que publicó un trabajo sobre bioquímica en una revista de la India. Un tiempo después apareció un trabajo de un autor europeo sobre el mismo trabajo, pero realizado con otro microbio; el resto era lo mismo. Sin embargo, no había ni una sola referencia al trabajo anterior del autor de la India. El autor indio se contactó con el europeo para pedir una explicación de lo sucedido. El plagiador envió sólo una corta nota diciendo: "disfruté mucho leyendo su trabajo".

El auto-plagio es también un aspecto anti-ético que los autores deben cuidar de no cometer. Aunque parezca una contradicción el auto-plagio es un robo similar al que hace una persona que se roba así mismo para cobrar el seguro. La duplicidad de publicaciones es claramente un auto-plagio, ya que la intención es abultar el currículo de publicaciones con fines de promoción y mal entendido prestigio del investigador. Es lícito mostrar diversos aspectos de una misma investigación en distintas revistas (y que usualmente van dirigidas a distintos lectores), pero no se puede considerar lícito publicar idénticos artículos en más de una revista. El auto-plagio no debe ser confundido con el reciclaje normal del trabajo propio. Se espera que un investigador recién doctorado presente parte de su tesis en una o varias publicaciones y queincluso continúe en esa línea de trabajo. Pero se espera que cada nuevo trabajo aporte algo novedoso al conocimiento y no sea solo la repetición de pasajes de la tesis doctoral. Se debe dejar en claro también que los trabajos impresos en Actas de Congresos (aunque tengan el código ISBN), y otros documentos impresos o electrónicos de eventos similares, no constituyen publicación en el contexto internacional. Por lo tanto, no se atenta contra la ética cuando se envía para publicación trabajos que fueron presentados en algún congreso. Lo importante de recordar es que el trabajo debe ser re-escrito para una audiencia más amplia que la del congreso y que se deben seguir las normas, usualmente más estrictas, de las revistas internacionales. El trabajo editorial se ha visto enfrentado a varias situaciones de plagio que han sido descubiertas por los evaluadores o por el comité editorial. En todos los casos se han tomado debida cuenta de ello discutiendo con el autor o autora el alcance del supuesto plagio, y cuando ha sido pertinente el trabajo no ha sido publicado.